Mendoza avanza con una regulación para los vehículos de apoyo del turismo aventura
Mendoza avanza con una regulación específica para los vehículos que acompañan actividades de turismo aventura, con controles y seguros obligatorios.

La Legislatura provincial analiza una modificación a la Ley de Movilidad para establecer un régimen específico para los vehículos utilizados por prestadores de turismo aventura. La iniciativa contempla unidades de hasta 20 años, siempre que cumplan con requisitos de seguridad, seguros y revisión técnica.
Las comisiones de Turismo y Deportes, y de Obras Públicas, Urbanismo y Vivienda de la Legislatura de Mendoza se reunieron en plenario con funcionarios del Ente Mendoza Turismo (EMETUR) y representantes del sector privado para analizar la regulación de los vehículos de apoyo utilizados en actividades de turismo aventura.
El proyecto ya cuenta con media sanción del Senado y propone incorporar el artículo 71 bis a la Ley N° 9.086 de Movilidad Provincial de Turismo.
La modificación busca reconocer formalmente una figura que actualmente tiene características particulares: los “Vehículos de Apoyo para turismo aventura”. Se trata de unidades destinadas a trasladar a los turistas que contratan estas actividades, transportar equipamiento, brindar asistencia operativa, realizar tareas de logística y abastecimiento, entre otras funciones necesarias para desarrollar los servicios.
Un régimen diferente por las características de la actividad
Uno de los principales puntos de discusión es la antigüedad máxima de 20 años que se plantea para estos vehículos.
Desde el sector explicaron que no se trata de unidades destinadas al transporte turístico convencional, sino de vehículos que deben ingresar a caminos, terrenos y circuitos con características muy diferentes a los recorridos habituales.
Marianela Pivetta, directora de Legales y Registro del EMETUR, sostuvo que la incorporación del artículo resulta necesaria para establecer un marco específico.
Según explicó, la propuesta crea una subclasificación dentro de la categoría de Servicio Contratado Turístico y reconoce al vehículo de apoyo para turismo aventura.
Entre las condiciones previstas aparecen una antigüedad máxima de 20 años, inscripción e identificación visible ante el EMETUR, seguro obligatorio y Revisión Técnica Obligatoria (RTO) vigente.
Además, estos vehículos deberán limitar sus recorridos a los circuitos y zonas que estén autorizados para la actividad. Es decir, no podrán utilizar esta habilitación para realizar transporte turístico convencional, como llevar pasajeros desde los circuitos de aventura hacia una bodega u otros destinos ajenos al servicio contratado.
“No somos amantes de las regulaciones pero esta sí nos parece muy necesaria”, señaló Pivetta durante el encuentro.
El planteo de los prestadores
Martín Moreno, representante de la empresa Argentina Rafting, también participó del debate y explicó las particularidades del servicio.
Señaló que entre las zonas donde mayormente se desarrolla esta actividad se encuentran el Cañón del Atuel y Potrerillos, aunque aclaró que no son los únicos lugares donde se presta turismo aventura.
Moreno remarcó que los vehículos utilizados están preparados específicamente para las condiciones en las que deben trabajar y que, después de realizar las actividades, los pasajeros pueden regresar mojados o embarrados.
“No podemos estar en las manos de Dios nada más con estas regulaciones”, planteó el prestador, al destacar la necesidad de contar con vehículos adecuados y con cobertura para las personas transportadas.
También defendió la importancia de que estas unidades continúen cumpliendo con los controles correspondientes. En ese sentido, sostuvo que los vehículos deben superar la revisión técnica y cumplir con las exigencias establecidas por el área de Transporte.
Seguros y competencia con las plataformas
Durante la exposición también apareció otro aspecto vinculado al crecimiento de las plataformas digitales de viajes.
Moreno señaló que los prestadores de turismo aventura enfrentan actualmente una competencia adicional de servicios privados contratados mediante aplicaciones, especialmente para traslados hacia la alta montaña.
Según indicó, un turista puede contratar actualmente un viaje privado hacia la montaña por valores que rondan los 50.000 o 60.000 pesos, situación que, a su entender, pone en evidencia la importancia de diferenciar los servicios regulados y las condiciones de seguridad que deben cumplir.
En particular, destacó el papel de los seguros contratados por los vehículos de apoyo, debido a que estas unidades trasladan pasajeros hacia lugares donde se desarrollan actividades de aventura.
La iniciativa fue acompañada favorablemente por los legisladores presentes, con una sola excepción: Estefanía Corvalán (LLA), quien se abstuvo.
El debate continuará ahora dentro del proceso legislativo correspondiente, con el objetivo de establecer reglas específicas para una modalidad de transporte que acompaña actividades como rafting y otras propuestas de turismo aventura en distintos puntos de Mendoza.



