Economía

Subsidios al gas: qué cambia con la nueva Ley de Zona Fría y quiénes podrán mantener el beneficio en Malargüe

La Ley 27.828 modifica los requisitos para acceder a la bonificación adicional en las tarifas de gas. Malargüe mantiene un tratamiento diferenciado, mientras que otros usuarios deberán cumplir condiciones socioeconómicas para conservar el descuento.

Zona Fría: nuevos requisitos para acceder al descuento en el gas

El Gobierno nacional oficializó cambios en el régimen de Zona Fría, que otorga beneficios en las tarifas de gas a usuarios residenciales de distintas regiones del país. La modificación quedó establecida mediante la Ley 27.828, publicada en el Boletín Oficial este martes 13 de octubre, y establece nuevas condiciones para acceder a la bonificación adicional.

La reforma, sancionada por el Congreso el 24 de septiembre y promulgada el 9 de octubre, introduce requisitos socioeconómicos para los hogares que reciben el beneficio por la ampliación territorial del régimen. De esta manera, vivir en una localidad incluida en Zona Fría ya no será suficiente, por sí solo, para acceder a ese descuento adicional.

La medida tiene especial relevancia para Mendoza, ya que la normativa mantiene un tratamiento particular para Malargüe, junto con la Patagonia y la región de la Puna.

Quiénes podrán conservar la bonificación adicional

Para acceder al beneficio, los usuarios residenciales de gas natural por redes y de gas propano indiluido por redes deberán estar incorporados al Régimen de Subsidios Focalizados, residir en las zonas contempladas por la normativa y cumplir al menos uno de los criterios socioeconómicos establecidos.

Los requisitos previstos son los siguientes:

  • Ingresos familiares: los ingresos netos totales del hogar no deberán superar el equivalente a tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, según los valores que publica el INDEC.
  • Certificado de Vivienda Familiar: bastará con que uno de los integrantes del hogar cuente con este documento, otorgado en el marco del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).
  • Veteranos de Malvinas: el beneficio contempla a los hogares que tengan entre sus integrantes a una persona que perciba la Pensión Vitalicia para Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Personas con discapacidad: se considerarán los hogares donde alguno de sus integrantes tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD). En estos casos, la Secretaría de Energía deberá evaluar si la situación requiere asistencia económica para afrontar los servicios energéticos.

El tope de ingresos no corresponde a una cifra fija en pesos, sino que se actualiza en función del valor de tres canastas básicas totales para un hogar tipo 2. Por eso, el umbral dependerá de los datos oficiales del INDEC.

Cómo puede impactar el cambio en la factura de gas

Otra modificación importante es que la bonificación adicional se aplicará sobre los consumos base reconocidos por el régimen de subsidios. Esto significa que el descuento no necesariamente abarcará la totalidad del gas utilizado por cada familia.

Los hogares que no reúnan las nuevas condiciones podrían perder la bonificación adicional correspondiente a la ampliación territorial de Zona Fría. Sin embargo, la normativa no establece un porcentaje único para el nuevo beneficio ni permite anticipar cuánto aumentará la factura de cada usuario afectado.

Tampoco se precisó cuántas familias mantendrán el descuento ni cuántas dejarán de recibirlo. El impacto concreto dependerá de la situación de cada hogar y de cómo se apliquen los criterios establecidos.

Qué ocurre con Malargüe, la Patagonia y la Puna

La ley conserva un tratamiento diferenciado para la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la región de la Puna.

En esos territorios se mantienen los beneficios para usuarios residenciales de gas natural y gas propano indiluido por redes, además de los contemplados para determinadas categorías de usuarios del Servicio General P.

La autoridad de aplicación podrá establecer las modalidades para implementar estos beneficios. Por lo tanto, la situación particular de Malargüe debe analizarse dentro de este esquema diferenciado y no únicamente a partir de las condiciones previstas para las zonas incorporadas posteriormente al régimen.

Hasta cuándo estará vigente el régimen de Zona Fría

La Ley 27.828 establece que el régimen de Zona Fría continuará vigente hasta el 31 de diciembre de 2031.

La norma también dispone que el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas se financiará mediante un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte. El Poder Ejecutivo tendrá facultades para incrementar o reducir ese recargo hasta en un 50%, de acuerdo con las condiciones previstas.

Además de los cambios en los subsidios al gas, la reforma incluye modificaciones relacionadas con el mercado eléctrico, la contratación de gas, las energías renovables y la actividad hidrocarburífera.

Con su publicación en el Boletín Oficial del 13 de octubre, la normativa entró en vigencia y abrió una nueva etapa para el esquema de subsidios energéticos, con requisitos que determinarán qué hogares podrán conservar la bonificación adicional y bajo qué condiciones.

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