Sociedad

San Rafael: Solicitan que se coloquen cambiadores para bebés en edificios públicos y privados

La concejal Andrea Mattacota (FdT), junto a sus pares de bloque, presentó un proyecto de ordenanza, a fin de que se obligue la colocación de al menos un cambiador para bebés en cada baño (o lugar que se destine específicamente a tal fin), de edificios de uso público, sea de propiedad pública y/o privada, que dependan de la Municipalidad de San Rafael, como así también en edificios o lugares de acceso público.


De aprobarse la pieza legal, los establecimientos públicos y privados dependientes de la comuna tendrán un plazo máximo de 12 meses, a partir de su promulgación, para llevar a cabo la instalación de estos cambiadores. Por otra parte, los edificios o lugares de acceso público, como bares, restaurantes, salones, centros comerciales, teatros, clubes, estaciones de servicio, clínicas privadas, bancos y todo lugar que brinde baños para uso del público, deberán colocar esos cambiadores en el plazo máximo de 18 meses.

Los locales que ya cuenten con cambiadores y que estén habilitados y en funcionamiento, contarán con asesoramiento gratuito e integral de la Dirección de Servicios y Obras Públicas de la Municipalidad de San Rafael, a fin de informarse previamente a la colocación de la instalación, de las características y especificaciones técnicas con las cuales debe contar, como así también lo referente en cuanto a normativas de higiene y seguridad.

Respecto al cumplimiento de la ordenanza, será la Dirección de Inspección General de la Municipalidad de San Rafael, la encargada de controlar su efectivo acatamiento.

Entre sus fundamentos, la concejal explicó que “es obligación del Estado Argentino garantizar a las infancias el derecho a cuidados y asistencia especiales, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomar todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas. Siempre en pos de atender el interés superior de las infancias”. Considera que hay un “derecho de contar con un espacio apto para garantizar condiciones dignas de higiene para bebés o personas recién nacidas”, de donde surge la necesidad de la instalación de un cambiador por baño, lo que “ayuda a garantizar los derechos a la intimidad, privacidad, salud, salubridad y dignidad de las infancias”.

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