Salió la ley que regula a los vehículos de apoyo del turismo aventura
La nueva ley de Mendoza establece requisitos, controles y condiciones para los vehículos de apoyo utilizados en el turismo aventura, con impacto en San Rafael.

La Cámara de Diputados de Mendoza dio sanción definitiva a la Ley que incorpora un marco regulatorio para los vehículos de apoyo utilizados por los prestadores de turismo aventura en San Rafael y en toda la provincia de Mendoza. El legislador sanrafaelino Gustavo Perret destacó la importancia de avanzar en una actividad que se desarrollaba sin un marco legal específico y que requería reglas claras para garantizar seguridad y controles.
“Había un vacío legal que permitía que se tomara como algo normal el acompañamiento de estos vehículos para el traslado de turistas sin un marco normativo”, sostuvo Perret y puso como ejemplo el caso del rafting en el que los prestadores trasladan a los turistas una vez finalizados los recorridos para que regresen al punto de partida.
La nueva Ley permite que los inscriptos en el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos de Mendoza, afecten vehículos de apoyo para trasladar personas vinculadas a la actividad, transportar equipamiento, brindar asistencia logística y operativa y realizar tareas de abastecimiento.
Las unidades deberán estar identificadas y registradas, contar con seguro y Revisión Técnica Obligatoria vigentes, no superar los 20 años de antigüedad y circular exclusivamente dentro de las zonas y circuitos habilitados por el Emetur. “Estamos permitiendo que vehículos de hasta veinte años realicen esta actividad de manera lícita. Por eso son fundamentales los controles para cuidar a quienes nos visitan y a las personas que conducen estas unidades”, destacó Gustavo Perret.



