Piden acondicionar el albergue municipal para casos de emergencia
Ante la pandemia mundial de Covid-19, y contemplando las múltiples medidas que a nivel de gobierno Nacional, Provincial y Municipal se han dispuesto en los últimos días, se revela fundamental disponer los recursos disponibles para morigerar el impacto del virus en la población.
Por este motivo, y considerando que la Municipalidad de San Rafael cuenta con el albergue municipal ubicado en el predio del Polideportivo N° 2, los concejales del Bloque Unión Cívica Radical, solicitaron a través de un proyecto, la puesta a disposición del mismo a las autoridades del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza.
Según los ediles, “esta iniciativa, que reviste carácter de preventiva, tiene la finalidad de preparar a San Rafael para complementar la infraestructura hospitalaria ante un eventual aumento de la demanda por parte de ciudadanos de nuestro departamento.
Nuestro país y nuestra comunidad, cuenta con la posibilidad de analizar las repercusiones de las medidas tomadas en el hemisferio norte, y en función de ellas disponer recursos y tomar decisiones con márgenes de tiempo necesarias.
Es así, que disponer el albergue municipal, prepararlo para una eventual contingencia e incorporarlo para una eventual emergencia, es un aporte sustancial que esta Municipalidad puede realizar al sistema de salud provincial”.
La propuesta presentada por los concejales radicales solicita lo siguiente:
Art.1º: El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá el albergue municipal ubicado en el predio del Polideportivo N°2, para ser utilizado por el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza durante el período de tiempo que se extienda la emergencia sanitaria dispuesta para evitar la proliferación del virus Covid-19.
Art. 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal acondicionará las instalaciones del albergue municipal a los fines de facilitar el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1° del presente Decreto.
Art.3º: El Honorable Concejo Deliberante autoriza la rúbrica de los convenios que, a los efectos de cumplimentar lo establecido en el artículo 1° del presente Decreto, deba suscribir el Departamento Ejecutivo Municipal.
Art.4º: Los gastos que demande la aplicación del presente Decreto serán devengados del Presupuesto Municipal en ejecución.
Art.5º: De forma.





