Nuevo régimen de pensiones por discapacidad: el Gobierno puso en marcha la ley de emergencia
La medida se oficializó por decreto, redefine los criterios de acceso y control de las pensiones no contributivas y reubica la política de discapacidad en el Ministerio de Salud.

El Gobierno nacional puso en marcha la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y dejó establecido el funcionamiento del nuevo esquema de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad. La decisión quedó formalizada este miércoles con su publicación en el Boletín Oficial.
La normativa fue aprobada a través del Decreto 84/2026, firmado por el presidente Javier Milei, y responde a una orden judicial del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que había exigido la aplicación inmediata de la Ley 27.793. Ese fallo dejó sin efecto un decreto anterior que había suspendido la ejecución de la ley argumentando la falta de recursos financieros.
La reglamentación define con precisión los requisitos para acceder a las pensiones, las condiciones para conservar el beneficio, las incompatibilidades con otros ingresos o prestaciones, así como los procedimientos administrativos y los mecanismos de control. En los fundamentos del decreto se remarca que el nuevo régimen deberá coordinarse con las normas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral para personas con discapacidad.
En el plano institucional, la medida dispone que la Secretaría Nacional de Discapacidad pase a formar parte del Ministerio de Salud, concentrando allí el diseño y la ejecución de las políticas públicas vinculadas al sector. Según se explica en el texto oficial, esta reorganización apunta a un abordaje integral del derecho a la salud y de la protección social, contemplando dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.
Además, el decreto instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad con el objetivo de consensuar los criterios de evaluación socioeconómica de los beneficiarios y presentar, en un plazo de 30 días, un plan de auditorías periódicas. El organismo también quedó habilitado para dictar las normas complementarias y aclaratorias necesarias para la implementación del nuevo sistema.
La reglamentación establece, asimismo, la transformación automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para la Protección Social. Para ello, la autoridad de aplicación deberá llevar adelante tareas de identificación, relevamiento y verificación de las condiciones de los beneficios existentes.
Por último, se dispone que las acciones adicionales que se acuerden en el ámbito del Consejo Federal de Discapacidad se implementarán mediante mecanismos de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en función de sus competencias y disponibilidad presupuestaria. La reglamentación comenzó a regir desde el 3 de febrero de 2026, fecha en la que fue dictada la norma.



