Política

Evalúan adhesión a la Ley nacional sobre leche medicamentosa

Integrantes de la comisión de Salud Pública, que preside Daniel Llaver (UCR), mantuvieron un encuentro con Federico Messina y Brian Cabral, directivos de la empresa Danone, con quienes se analizaron distintas perspectivas referidas a la posibilidad de que Mendoza adhiera a la Ley Nacional 27.305 sobre la cobertura integral de leche medicamentosa en los más pequeños.

“Hacemos esta propuesta porque queremos que se garantice que todos tengan el mismo acceso a la salud”, dijeron los profesionales, quienes remarcaron que “esto abarca a chicos con diversas patologías. El propósito de Danone como compañía es llevar salud a través de los alimentos”.

A su vez, Brian Cabral, médico pediatra que se desempeña para “Nutricia Bago” según expuso,  sostuvo que “la Ley nacional no apunta a las formulas infantiles, habla de patologías y trastornos”. Resumió que “hay patologías más comunes” como la alergia a la leche de vaca, la intolerancia a la lactosa, y otras que se vinculan con trastornos digestivos o intestinales; por lo que para ello “se necesita una formula específica”. Subrayó que una vez detectadas “son indicaciones médicas precisas para patologías precisas. Son niños que al ser diagnosticados, el tratamiento es nutricional”, y en este sentido, “la Ley nacional les brinda acceso sin problemas a este tipo de tratamientos”.

Al mismo tiempo, indicaron los profesionales que “la idea es que todas las provincias estén adheridas, incluida Mendoza. Algunas ya lo han hecho como Chaco, Salta, La Rioja, Buenos Aires, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego”. En definitiva, y ante la consulta de los legisladores, los profesionales indicaron que se dirigieron al Poder Legislativo antes que al Ejecutivo porque desde aquí creen que debe impulsarse.

En la mesa de análisis se trabajó con el articulado de una media sanción de Diputados que data de septiembre de 2017, proyecto autoría de Silvia Ramos (PJ-MC), quien manifiesta en el artículo 1 la adhesión de la provincia de Mendoza a lo establecido en el artículo 1º de la Ley Nacional 27.305.

Justamente esta Ley nacional establece en su artículo 1° que se “incorporarán como prestaciones obligatorias (…) la cobertura integral de leche medicamentosa para consumo de quienes padecen alergia a la proteína de la leche vacuna (APLV), así como también de aquellos que padecen desórdenes, enfermedades o trastornos gastrointestinales y enfermedades metabólicas, las que quedan incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO)”.

Esta legislación nacional data de octubre de 2016, y progresivamente algunas provincias han ido adhiriendo. Se acordó en la mesa retomar el tema con sus fundamentos y articulado que fuera aprobado por esta Cámara, y con la intención de sumar aportes para delinear de la mejor manera el texto final a considerar.

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