Suspenden ejecución de sentencias de deudores hipotecarios hasta el 31 de diciembre de 2017
La Cámara de Diputados dio
media sanción al proyecto de ley, iniciativa de la diputada Silvia Ramos (FPV),
mediante el cual se suspende todo tipo de trámite de ejecución de sentencias
que recaiga sobre las deudas hipotecarias cuyos titulares estén comprendidos
por el artículo 2° de la Ley 8182- “Regularización de Deudas Hipotecarias”-
hasta el 31 de diciembre del año 2017.
Estos
deudores no estarán obligados a la realización de ningún trámite administrativo
ante el Poder Ejecutivo o Judicial, mientras el primero lleva adelante las
labores que le encomendara la ley anteriormente nombrada, ni la ausencia de
ellos tomada como abuso o dilación mientras se sustancien las causas.
Al
respecto, el artículo 2°, de la ley 8182, establece lo siguiente:
“Esta
norma comprende a los deudores hipotecarios inscriptos en el Registro elaborado
por el Poder Ejecutivo, el Movimiento de Defensa de la Vivienda Familiar y la
Comisión de Seguimiento de Deudores Hipotecarios creada por Decreto N° 689/05,
el cual abarca a los deudores de los ex Bancos de Mendoza y de Previsión Social
cuyos mutuos se hallen en poder de Seguro de Depósito S.A. (SEDESA), y a todos
los deudores del sistema financiero y/o privados, que se encuentren
comprendidos en el mismo, según lo establecido en la Ley 8.005, que precede a
la presente. Esta Ley es de orden público y su aplicación es, respecto a los
deudores hipotecarios alcanzados, de cumplimiento obligatorio”.




