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La Justicia prohibió vender medicamentos fuera de las farmacias

La Cámara Contencioso Administrativo Federal suspendió los alcances del DNU del Poder Ejecutivo que autorizó la libre comercialización de analgésicos.


La Cámara Contencioso Administrativo Federal suspendió varios artículos del DNU 70/2023, emitido por el Poder Ejecutivo, y bloqueó la venta de medicamentos fuera de las farmacias.

Con la firma de Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio, la sentencia hizo lugar al pedido de la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmaceutica (FEFARA) y ordenó la suspensión de la venta de analgésicos y antiácidos en locales comerciales.

En el fallo, la Cámara entendió que “la materia involucrada en la actividad farmacéutica trasciende los aspectos económicos o comerciales”.

“No puede soslayarse entonces los evidentes efectos adversos que podría provocar la aplicación de las previsiones contenidas en el DNU que fueron impugnadas, especialmente en lo que se refiere a la dispensación de medicamentos, aún cuando sean de venta libre, sin el debido control”, agregaron los jueces.

Para los camaristas, las modificaciones que fueron introducidas por el decreto de necesidad y urgencia en relación con el expendio de medicamentos, la regulación del ejercicio de la profesión de farmacéutico, las condiciones de funcionamiento de los locales y el poder de policía en materia de salubridad “revelan por un lado, un desapego del potencial riesgo sanitario de la habilitación y venta de medicamentos fuera de las farmacias y, por otro lado, una desatención del rol trascendental que desempeña la figura del farmacéutico en el sistema”.


“La norma impugnada pretende proteger la salud de quienes consumen medicamentos, que constituyen un grupo especialmente vulnerable. En este sentido, es pertinente mencionar que si los medicamentos se consumen innecesaria o incorrectamente pueden perjudicar gravemente la salud, incluso sin que el paciente pueda advertirlo durante su administración”, subrayó la sentencia.

La COFA emitió un comunicado donde aseguró que la medida “reafirma, en línea con el precedente “Farmacity” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que el expendio de medicamentos es una función sanitaria indelegable que requiere la presencia, control e independencia profesional del farmacéutico”.

Por su parte, FEFARA remarcó que “vuelve al ámbito de la farmacia la responsabilidad de la compra, la conservación, la dispensa y el consejo farmacéutico en el mostrador”. // TN

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