Se trata del reintegro de las percepciones sobre el dólar turista. Desde enero, quienes hayan comprado en el exterior podrán solicitar la devolución siempre y cuando se encuentren encuadrados en el marco legal.
Desde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se aseguró que se encuentra habilitado el sistema para que los contribuyentes que no están inscriptos en el Impuesto a las Ganancias ni tengan la obligación de hacerlo puedan acceder al reintegro de las percepciones sobre el dólar turista.
¿Quiénes pueden solicitar la devolución de una percepción a ARCA y cuándo pueden hacerlo?
Una vez finalizado el año calendario en el que se produjo la percepción, podrán solicitar la devolución quienes:
- No se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
- Se encuentren inscriptos en el impuesto a las ganancias pero no en bienes personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.
- No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
- Se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los bienes personales pero no en ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217.
- Trabajen en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
- Trabajen en relación de dependencia y siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de su empleador, como agente de retención, les hayan realizado la percepción bajo el código 219.
¿Qué se necesita para solicitar la devolución de la percepción?
Previo a efectuar la solicitud de devolución a ARCA, los sujetos deben:
- Contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior
- Declarar la CBU de la cuenta bancaria en la que se deberá efectuar la devolución solicitada.
- Tener Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
Cómo pedir la devolución de percepciones de gastos y compras en el exterior con el dólar turista
- Ingresar a la página web de ARCA ( https://www.afip.gob.ar/landing/default.asp ) con la clave fiscal
- Seleccionar “Devolución de percepciones”
- Si esta sección no está habilitada, se puede añadir desde la opción “Mis Servicios”
- Tras esto, hay que hacer clic en la opción “Nuevo” e indicar el período fiscal por el cual pide la devolución
- Si alguna percepción no figura en la lista, se puede sumarla con el botón “Agregar percepción”
- Hacer clic en “Presentar”
- Confirmar los datos