En Mendoza, un decreto provincial prohíbe conducir vehículos usando ojotas o calzado inapropiado, según lo establecido por la ley provincial de tránsito.
El artículo 19, inciso C, del decreto 322 aclara que solo se permite el uso de calzado anatómico con suela antideslizante, que asegure un adecuado contacto con los pedales del vehículo.
Las multas por conducir con calzado inadecuado pueden oscilar entre 700.000 y 1.100.000 pesos. La normativa considera una infracción grave conducir descalzo o con ojotas, permitiendo únicamente ciertos tipos de calzado náutico con un ajuste adecuado en el talón.
En cuanto a los controles, los puestos no exigen que los conductores bajen del vehículo, aunque se realizan verificaciones de documentación y condiciones del automóvil. Si se detecta que un conductor está usando calzado no permitido, puede ser multado.
Además, incumplir esta norma podría afectar la cobertura del seguro del vehículo, ya que la ley provincial lo considera una infracción.
Es importante informar a los turistas sobre esta regulación en Mendoza, especialmente en la temporada de verano, cuando muchos visitantes podrían desconocer las restricciones sobre el calzado al conducir.