Este jueves quedó oficializada una medida que elimina el pago de derechos de autor en eventos privados en Mendoza.
La Dirección de Defensa del Consumidor provincial publicó en el Boletín Oficial dos resoluciones que aclaran los alcances de esta disposición, basada en el Decreto 765/2024, redefiniendo el concepto de "ejecución pública" y excluyendo de su alcance a fiestas privadas como casamientos, cumpleaños y egresos.Resoluciones clave y nuevas reglas
Las Resoluciones 439 y 443, publicadas el 2 y 5 de diciembre, respectivamente, establecen que las obras musicales, literarias o audiovisuales solo se considerarán de "ejecución pública" si son reproducidas en lugares de acceso libre dirigidos a un público amplio. Por lo tanto, los eventos realizados en espacios privados, ya sean domicilios particulares o salones alquilados con acceso limitado a invitados, no están sujetos a pagos de derechos autorales.
El nuevo marco normativo también delimita el derecho de los autores a recibir remuneración únicamente cuando sus obras generen beneficios económicos directos o indirectos en eventos de acceso público. De este modo, quienes organicen celebraciones privadas quedan eximidos de cubrir estos costos, ya sea de forma directa o mediante el alquiler de salones.
Obligaciones para salones de fiestas
La Resolución 439/2024 obliga a los salones de eventos a informar esta disposición a sus clientes mediante cartelería visible en sus instalaciones. Cualquier incumplimiento será sancionado bajo la Ley Nacional 24.240 y la Ley Provincial 5547.
El texto de la cartelería, corregido en la Resolución 441/2024, aclara: "Los eventos desarrollados en ámbitos privados, sean propios o alquilados, están exentos del pago de derechos de propiedad intelectual por la reproducción de obras musicales, literarias, cinematográficas o fonográficas".
Impacto y reacciones
La normativa representa un alivio económico para los consumidores, quienes anteriormente asumían indirectamente estos costos. Sin embargo, las entidades de gestión de derechos de autor, como SADAIC, AADI y CAPIF, han manifestado su rechazo, argumentando que afecta significativamente sus ingresos. Por otro lado, la Asociación de Propietarios de Salones de Fiestas de Mendoza (ASAFI) expresó su intención de respetar la nueva reglamentación.
Una medida en línea con los derechos del consumidor
Este cambio normativo busca garantizar condiciones equitativas para los consumidores, en sintonía con el artículo 42 de la Constitución Nacional, que protege sus intereses económicos y asegura transparencia en las relaciones de consumo.
Además, sienta un precedente importante a nivel nacional, invitando a reflexionar sobre la necesidad de actualizar las leyes de propiedad intelectual para adaptarlas a las demandas actuales. En Mendoza, al menos, las fiestas privadas ya no cargarán con el peso de los derechos de autor.