La medida alcanzaba a jubilados, pensionados, AUH y todos los prestatarios del organismo, incluso algunos trabajadores en relación de dependencia.
El Gobierno anunció la eliminación uno de los principales beneficios que otorga la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a los jubilados, pensionados y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH).
Por el decreto 1039/2024, el Ejecutivo nacional oficializó la decisión de ponerle fin a esta prestación que provenía del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) en el marco de su política de ajuste fiscal.
¿Cuál fue el beneficio de ANSES que suspendió el Gobierno?
El Gobierno le puso fin a los créditos que ANSES otorgaba a sus beneficiarios con tasas de interés subsidiadas y que fue, durante el mandato de Alberto Fernández, el préstamo con la cuota más baja del mercado.
La medida alcanzaba a jubilados, pensionados, AUH y todos los prestatarios del organismo, incluso algunos trabajadores en relación de dependencia.
Las autoridades remarcaron que estas tasas por debajo del promedio del mercado y de la inflación "generaban un impacto negativo en la sostenibilidad del FGS".
¿Qué pasó con los créditos de ANSES?
Los titulares de créditos vigentes deberán terminar de pagar las cuotas pactadas, que se continuarán debitando de manera automática de la cuenta bancaria registrada al momento de la solicitud.
De esta manera, la medida no afectará los préstamos ya otorgados, sino que ya no se podrán realizar nuevas solicitudes.
Cómo cobrar el bono de $70.000 para jubilados
El Gobierno nacional oficializó la entrega de un Bono Extraordinario Previsional destinado a jubilados y pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) con el objetivo de paliar el impacto de la inflación en los ingresos de este sector.
Requisitos para acceder al bono de $70.000
- Para cobrar el Bono Extraordinario Previsional, los beneficiarios deberán cumplir con las siguientes condiciones:
- Ser titular de una prestación previsional contributiva bajo la Ley N° 24.241.
- Ser beneficiario de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) o de pensiones no contributivas por vejez, invalidez o madres de siete hijos o más.
- Contar con un beneficio activo en enero de 2025, momento en el que se realizará el pago.
- En el caso de pensiones compartidas, los titulares serán considerados como una sola unidad.