La Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación aclaró que la obligación de que las recetas sean hechas por médicos de las cartillas de las obras sociales “no tiene impacto en la gran mayoría de los argentinos”.
El Gobierno aclaró este martes que la medida anunciada para permitir que las prepagas y obras sociales puedan limitar las coberturas de medicamentos y tratamientos "no tiene impacto en la gran mayoría de los argentinos".
Ante las diferentes consultas recibidas, la Superintendencia de Servicios de Salud aseguró que quiere llevar tranquilidad a los usuarios de los agentes del seguro de salud y reafirmó que la Resolución 3934/2024, publicada por el Boletín Oficial el lunes, "no representa ninguna modificación en los medicamentos, tratamientos o atención médica de la gran mayoría de los argentinos que utilizan el sistema de salud".
En esta dirección, se anticipó que "la norma será ampliada en los próximos días mencionando el conjunto de enfermedades definidas como de "alto precio" o "catastróficas", entre las cuales se encuentran las oncológicas graves, enfermedades poco frecuentes, trasplantes, atrofia muscular espinal, ELA, enfermedad fibroquística, entre otras".
Se denominan de “alto precio” o también “catastróficas”, porque hacen referencia a un conjunto de enfermedades cuya cura o tratamiento implican un alto costo económico, generan severos daños en la salud de quienes las padecen y su financiación desde el presupuesto de los hogares resulta insustentable.
De esta manera, lo que se busca asegurar con esta medida es el derecho de los beneficiarios al acceso de tratamientos, prácticas o medicamentos de estas patologías y que sean debidamente autorizados por los Agentes del Seguro de Salud para garantizar su calidad de atención.
La resolución remarcó que los tratamientos y las coberturas sólo podrán ser prescriptas por médicos que integren la cartilla del agente de seguro sanitario correspondiente.
La medida restringe la posibilidad de que las recetas y órdenes en los planes cerrados puedan ser realizadas por cualquier profesional.
La resolución remarcó que los tratamientos y las coberturas sólo podrán ser prescriptas por médicos que integren la cartilla del agente de seguro sanitario correspondiente.
La medida restringe la posibilidad de que las recetas y órdenes en los planes cerrados puedan ser realizadas por cualquier profesional.
Fuente: Cadena 3