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Mendoza: La Suprema Corte confirmó que le quitarán los celulares a los presos en las cárceles

En una decisión dividida, la Suprema Corte de Mendoza confirmó la prohibición del uso de teléfonos celulares para los presos en las cárceles provinciales, estableciendo un plazo de seis meses para su retiro gradual.


La Suprema Corte de Justicia de Mendoza ratificó este lunes la prohibición del uso de teléfonos celulares para los presos en las cárceles mendocinas. En una decisión dividida, tres jueces resolvieron que se retiren los dispositivos móviles a los internos, una medida que había sido implementada durante la pandemia de coronavirus. El retiro de los celulares se llevará a cabo de manera gradual en un plazo de seis meses a partir de la fecha.

La autorización para que los presos de Mendoza pudieran utilizar dispositivos móviles se había establecido en 2020, en el contexto de la pandemia de COVID-19, debido a la imposibilidad de recibir visitas en los penales.

En enero de este año, el juez de Ejecución Penal, Sebastián Sarmiento, emitió una resolución rechazando una solicitud para extender este beneficio hasta el 31 de diciembre de 2025. Además, determinó que la retirada de los celulares debía realizarse gradualmente en un plazo mínimo de seis meses, condicionado a que los pabellones contaran con teléfonos públicos.

No obstante, esta medida fue apelada por el Ministerio Público Fiscal, que solicitó que la eliminación de los celulares se realizara de manera inmediata y no de forma paulatina. A su vez, la Defensoría General de la Provincia también objetó la resolución, argumentando que el uso de celulares había mejorado la conducta de los reclusos.

El caso llegó hasta la Suprema Corte, donde los jueces Dalmiro Garay, Teresa Day y José Valerio tomaron la decisión final sobre el uso de dispositivos móviles en las cárceles provinciales.

El tribunal, por mayoría, decidió aceptar la apelación presentada por el Ministerio Público Fiscal y, en consecuencia, dejó sin efecto el Punto IV, apartado D, de la resolución emitida el 10 de enero de 2024 por el Juzgado Penal Colegiado N° 1. Garay y Day votaron a favor de esta postura, mientras que Valerio coincidió con la disposición original del juez Sarmiento.

El mencionado apartado establecía que solo se podían retirar los celulares en los sectores donde hubiera un sistema de telefonía pública en funcionamiento, con la garantía de al menos un teléfono por pabellón, ala, o sector de cada establecimiento carcelario.

Además, los jueces rechazaron las apelaciones interpuestas por el Ministerio Público de la Defensa y la Asociación Civil Verdad y Justicia.

Detalles de la resolución de la Corte

El ministro Dalmiro Garay explicó que las partes habían cuestionado principalmente la disposición que condicionaba la retirada de los celulares a la instalación de teléfonos públicos o semi-públicos en los pabellones, como lo estipulaba el juez.


"Lo que hemos entendido, haciendo lugar a la apelación del Ministerio Público Fiscal, es que esa condición, primero, está fuera de la ley, porque ninguna ley exige eso dentro de los estándares de comunicación del servicio penitenciario, y en segundo lugar, hay informes en el expediente que indican que ese tipo de telefonía, que es bastante antiguo, no se puede implementar en los complejos de Mendoza", declaró el magistrado.

Garay subrayó que, de esta manera, se mantiene la obligación de retirar los celulares en un plazo de seis meses, a menos que la resolución sea apelada nuevamente. También destacó que "hemos insistido en la necesidad de restablecer el sistema de visitas presenciales con la modalidad previa a la pandemia. Recordemos que la posibilidad de que los internos tuvieran celulares surgió con la crisis del COVID-19, cuando se suspendieron las visitas presenciales. En ese momento, el juez autorizó el uso de celulares, aunque la ley lo prohíbe, porque debemos recordar que la ley prohíbe el uso de celulares en las cárceles. Esa decisión estuvo motivada por la imposibilidad de recibir visitas".

Asimismo, Garay remarcó que, al haberse restablecido la normalidad sanitaria, debe retomarse el sistema de visitas semanales y establecer otro tipo de comunicación, como el uso de un celular o una computadora, regulada por el Servicio Penitenciario, pero no mediante la tenencia personal de un teléfono móvil por parte de cada recluso.

"En el plano legal, lo que estamos haciendo hoy es declarar que está vigente la norma que prohíbe los celulares en las cárceles, con algunas excepciones que estableció el juez Sarmiento. Por ejemplo, la posibilidad de que las internas con hijos puedan tener celulares para comunicarse. En resumen, lo que hemos hecho hoy es ratificar la prohibición y respaldar las decisiones del juez Sarmiento en cuanto al plazo y la necesidad de reestablecer las visitas presenciales semanales en todos los establecimientos penitenciarios de la provincia", concluyó Garay.

Por otro lado, el subsecretario de Justicia de Mendoza, Marcelo D' Agostino, celebró la resolución de la Corte y destacó que, a partir de ahora, comienza a correr el plazo de seis meses para el retiro de los celulares en las cárceles. También recordó que ya se había comenzado a restringir el ingreso de nuevos dispositivos a los complejos penitenciarios.

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