La Ventana San Rafael | Últimas Noticias de San Rafael, Mendoza, Argentina y el Mundo.

La Justicia falló a favor de la AFA y suspendió la aplicación de las SAD en los clubes

Este lunes la Justicia le ordenó al Gobierno la suspensión de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023 y la aplicación de las SAD en los clubes argentinos.


La Asociación del Fútbol Argentino (AFA) consiguió una resolución judicial favorable contra el esquema de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) impulsado por la administración del presidente Javier Milei, que busca permitir que los clubes incluyan a inversores privados.

El Tribunal Federal de Mercedes decidió aceptar la medida cautelar presentada por la AFA, y ordenó al Estado Nacional suspender la aplicación de los artículos 335 y 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, así como la normativa relacionada con las SAD. Esta decisión estará vigente hasta que se emita una sentencia definitiva, según informó el medio Doble Amarilla.

Es importante mencionar que a mediados del mes de agosto, el Gobierno había vuelto a desafiar a la AFA con una nueva iniciativa para facilitar la privatización de los clubes a través del modelo de sociedades anónimas deportivas (SAD).

Desde la Casa Rosada, se cuestiona la postura de la AFA, que sostiene que, aunque la entidad no posee la autoridad para impedir que un club decida transformarse en SAD, la Constitución Nacional le confiere el derecho de excluirlo como miembro y de participar en los torneos que organiza.


Que dice el fallo de la Justicia

“Las organizaciones integrantes del Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física que modifiquen o hubieran modificado su estructura jurídica adoptando algunas de las figuras contenidas en el artículo 19 bis de la Ley Nº20.655 y sus modificaciones tendrán derecho a mantener su participación en toda competición en la que intervinieran bajo su estructura jurídica anterior y en las mismas condiciones que se encontraban con anterioridad a la modificación producida”, se indica en una parte del fallo.

Por otro lado, el mismo explica que las “personas jurídicas constituidas como sociedades anónimas” cuyo objetivo sea “la práctica, desarrollo, sostenimiento, organización o representación del deporte y la actividad física” van a poder integrarse al Sistema Institucional del Deporte y la Actividad Física.

Noticia Anterior Noticia Siguiente