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El Gobierno reguló el uso de las cámaras de seguridad privadas

El objetivo es mejorar la prevención de delitos, aunque siempre protegiendo la identidad de los ciudadanos.


El gobierno promulgó este jueves la ley que permite a las fuerzas de seguridad solicitar a los establecimientos privados a entregar las grabaciones de sus cámaras videovigilancia para mejorar el control ciudadano y evitar hechos delictivos.


El artículo 1 de esta ley establece "la regulación de la utilización de videocámaras para grabar o captar imágenes y datos en lugares públicos, abiertos o cerrados, con o sin asistencia de inteligencia artificial y el posterior tratamiento de las imágenes y datos que se obtengan de las mismas".

Según indica el texto de la norma, el objetivo de la ley es mejorar la prevención de delitos, aunque siempre protegiendo la identidad de los ciudadanos.



La utilización de estas videocámaras se justifica a través de los siguientes argumentos:

a) La convivencia ciudadana pacífica y el orden público.
b) La prevención general de contravenciones y delitos.
c) La constatación de contravenciones y delitos.
d) La identificación de personas con pedidos de captura y demás medidas judiciales incorporadas a los sistemas de alarma vinculados.
e) La identificación de vehículos con medidas judiciales.

Por otra parte, establece una serie de restricciones para acceder a registros fílmicos. El artículo 8 de la ley señala que no se podrán utilizar estas grabaciones en los siguientes casos:

a) Del interior de propiedades privadas salvo consentimiento expreso del titular, legítimo poseedor, tenedor o con autorización judicial.
b) Cuando se afecte de forma directa y grave la intimidad de las personas, no obstante estar situada en espacios públicos.

En tanto, en el caso de que "de forma accidental" se tomen imágenes que la ley prohíbe, estos registros debes ser destruidos de forma inmediata.

Además, la ley obliga a los municipios a informar al ministerios de seguridad sobre aquellos sistemas de videocámaras privadas que den a la vía pública en su jurisdicción y sean de su conocimiento, a fin de requerir el consentimiento del privado para el análisis de viabilidad sobre su posible incorporación al sistema.

Finalmente, en el caso de que a través de esta grabaciones se detecten hecho que puedan considerarse un delito, se deberá informar al Ministerio Público Fiscal en un plazo de tiempo no mayor a 24 horas.

Fuente: El Sol
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