La normativa firmada por el presidente Javier Milei y el pleno del Gabinete nacional prevé un plazo de 90 días para que los sectores alcanzados adecuen sus sistemas.
El Gobierno Nacional oficializó este miércoles el régimen de propina electrónica.
A través del Decreto 731/2024 y a fin de adecuar la práctica común en el mundo, el esquema podrá ser aplicado en comercios y/o establecimientos de los sectores gastronómicos, hoteleros y afines, expendedores de combustible, entregas a domicilio y demás actividades, "en cuyas relaciones de consumo sea costumbre otorgar o recibir" la gratificación.
"Deberán tener disponible la opción de su recepción para los trabajadores a través de medios electrónicos. El ofrecimiento deberá garantizar la libertad del consumidor respecto de la modalidad de entrega y la cuantía que voluntariamente éste defina", sintetizó el artículo 2° de la normativa firmada por el presidente Javier Milei y el pleno del Gabinete de ministros.
Días atrás, el titular de la cartera de Desregulación y Transformación del Estado de la Nación, Federico Sturzenegger, enfatizó que la propina "seguirá siendo voluntaria", ya que "de ninguna manera será obligatoria".
"En definitiva, el único cambio es que podrá sumarse al ticket. Tampoco será parte del salario, por lo que no generará ninguna contingencia laboral a los empresarios del sector", amplió el funcionario vía X (exTwitter).
¿Cómo funcionará la propina electrónica?
El ofrecimiento de pago de una propina deberá garantizar la libertad del consumidor respecto de la modalidad de entrega y la cuantía que voluntariamente éste defina. Es decir, podrá seguir física o electrónica.
Para la segunda instancia, el Ministerio de Economía, a través de la autoridad competente, podrá eximir a ciertas actividades comerciales (por las características propias de cada una de ellas) de la obligatoriedad, aunque pudiendo también incluir nuevos sectores.
Los comercios tendrán un plazo de 90 días para adecuar sus sistemas a fin de aplicar el régimen de propina electrónica |
En relación al impacto en los trabajadores receptores, el artículo 4° subraya que no podrán ser utilizadas como base para ajustar o modificar el salario básico ni las condiciones laborales establecidas por el empleador.
¿Cómo se acreditará la propina electrónica?
Los importes en concepto de propinas electrónicas deberán acreditarse en la cuenta asignada a tal efecto de manera inmediata o en el menor plazo posible, según establezca el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
"La acreditación podrá ser directa al trabajador que reciba la gratificación o a una cuenta recaudadora especial del establecimiento con este objeto exclusivo. El esquema de pago digital deberá cumplir con el principio de interoperabilidad", sumó el punto 6°.
El artículo 11° de la normativa concluye que el nuevo régimen entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial (BORA), con excepción de los artículos 2°, 6° y 7°, los que lo harán a los 90 días.