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Feriado en Mendoza: a quiénes le corresponde el asueto del jueves 25 de julio

Mendoza disfrutará de un día libre esta semana; ¿cuáles son los próximos asuetos en 2024?


Este jueves 25 de julio, Mendoza celebrará un feriado especial en honor a su santo patrono, Santiago Apóstol. En esta fecha, todos los mendocinos podrán disfrutar de un merecido día de descanso, conforme a lo establecido por la Ley Provincial 4081. Este asueto aplica a toda la provincia y sigue las normas del descanso dominical, similares a las que rigen para los feriados nacionales.

De acuerdo con la Ley Provincial 4081, los trabajadores que deban laborar durante este feriado tendrán derecho a recibir el doble de su salario habitual, en línea con las normas que regulan el descanso dominical.

Santiago, el apóstol, de El Greco, es la imagen de la espiritualidad.

Cómo se abonan los feriados trabajados

La Ley 20.744, conocida como Ley de Contrato de Trabajo, establece las condiciones para el pago de los empleados que trabajan durante los días feriados. El artículo 181 de esta ley estipula que, durante los feriados nacionales, se aplican las normas del descanso dominical, prohibiendo el trabajo salvo excepciones. Los trabajadores que presten servicios en estos días deben recibir una remuneración equivalente a un día de trabajo ordinario.

Además, la Ley de Contrato de Trabajo indica que aquellos empleados que trabajen durante un feriado recibirán una compensación adicional, equivalente al doble de su salario diario. Según la normativa, los trabajadores afectados por estas excepciones cobrarán una suma igual a la asignada para su jornada laboral más un adicional igual.

Diferencia entre feriados nacionales y días no laborables

La Ley de Contrato de Trabajo diferencia entre feriados nacionales y días no laborables. El artículo 165 de la ley establece que los días feriados nacionales se regulan según la Ley 27.399, que establece feriados y fines de semana largos. El artículo 166 aclara que, en los feriados nacionales, se aplican las normas sobre descanso dominical, asegurando que los trabajadores reciban el doble de su salario.


Por otro lado, el artículo 167 distingue que los días no laborables son opcionales para el sector privado. En estos casos, el empleador decide si se trabaja o no, y, si se trabaja, el empleado recibirá su salario normal. Para la administración pública y actividades relacionadas como bancos y seguros, los días no laborables son obligatorios, conforme a la reglamentación aplicable.

El calendario completo de los feriados nacionales que quedan del 2024

Agosto
  • Sábado 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín
Octubre
  • Viernes 11 de octubre: feriado turístico
  • Sábado 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
Noviembre
  • Lunes 18 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20/11)
Diciembre
  • Domingo 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
  • Miércoles 25 de diciembre: Navidad
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