Se promulgó la última reforma de Seguridad Vial aprobada recientemente por la Legislatura.
Con la promulgación de la reforma de la Ley de Seguridad Vial, publicada en el Boletín Oficial, este lunes entraron en vigencia en Mendoza las modificaciones que endurecen las sanciones contra los conductores que circulen con más de 0,5 gramos de alcohol en sangre.
Uno de los cambios más significativos es que, bajo la nueva ley, las sanciones serán más severas para los casos de reincidencia, y los infractores podrían enfrentar una suspensión de hasta un año para conducir.
"Para el caso de reincidencia primera de la infracción prevista en el inciso 7 del Artículo 52, la sanción de inhabilitación podrá ser aumentada hasta 365 días, pudiendo el juez disponer fundadamente la necesidad de concurrencia del infractor a cursos de capacitación, prevención y/o conducción responsable", establece el nuevo texto.
Además, la normativa permite a los municipios y a la Dirección de Seguridad Vial obtener la certificación de calibración de alcoholímetros a través de universidades u organismos locales, lo que facilitará este proceso y proporcionará más herramientas a disposición.
En específico, se menciona la posibilidad de "suscribir convenios con universidades públicas y/o privadas, organismos estatales y/o privados, organizaciones no gubernamentales y cualquier otra entidad, nacional y/o internacional, a los efectos de obtener el certificado de calibración de los alcoholímetros a utilizarse en la provincia de Mendoza".
Por otro lado, la ley también busca reducir los plazos de permanencia de los vehículos en las playas de secuestro, facilitando su compactación o autorizando su transferencia a municipios o subasta, una vez transcurrido cierto tiempo y cumplidas determinadas condiciones.
La reforma promulgada hoy: