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Emergencia climática en San Rafael: el HCD aprueba medidas urgentes para asistir a damnificados

En una Sesión Especial llevada a cabo hoy, el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de la Municipalidad de San Rafael aprobó por unanimidad la declaración de Emergencia Climática en Ciudad y Distritos del Departamento de San Rafael. 


La medida fue solicitada por el Intendente Omar Félix en respuesta a los graves daños ocasionados por una tormenta de granizo el pasado jueves, la cual afectó significativamente al sector productivo, feriantes de Plaza Francia, y otros sectores de la comunidad.

La Ordenanza Nº 14802, sancionada en la sesión, establece una serie de medidas destinadas a hacer frente a la emergencia climática y brindar asistencia a los damnificados. Entre las disposiciones más relevantes, se destaca:

Artículo 1º: Declaración de Emergencia Climática

Se declara el estado de emergencia climática en Ciudad y Distritos del Departamento de San Rafael debido a la magnitud de la tormenta ocurrida el 11 de enero de 2024.

Artículo 2º: Compras Directas

Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar compras directas necesarias para afrontar la emergencia climática, conforme al Art. Nº 144, Inc. d de la Ley Nº 8706 y su Decreto Reglamentario.

Artículo 3º: Ayuda Económica de Emergencia

Se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a utilizar una partida presupuestaria extraordinaria para brindar ayuda económica de emergencia a agricultores, comerciantes y artesanos afectados por la tormenta.

Artículo 4º: Expedientes y Listado de Beneficiados

El Departamento Ejecutivo Municipal deberá elevar los expedientes y el listado de los sujetos beneficiados en un plazo no mayor de treinta (30) días desde la sanción de la Ordenanza.

Artículo 5º: Comisión de Seguimiento y Control

Se crea la "Comisión de Seguimiento y Control de las Acciones y Contrataciones" para supervisar las acciones en el marco de la Emergencia Climática. La comisión estará integrada por representantes de los Bloques que componen el Concejo Deliberante.

Artículo 6º: Gasto y Presupuesto

El gasto derivado de la aplicación de la Ordenanza será con cargo al Presupuesto de Gastos en vigencia.

Artículo 7º: Cumplimiento y Comunicación

Se ordena cumplir, comunicar al Departamento Ejecutivo, publicar, y registrar en el Digesto Municipal.

Con estas medidas, el gobierno local busca proporcionar una respuesta rápida y efectiva a la situación de emergencia, asegurando la asistencia necesaria a los afectados y estableciendo mecanismos de control para la utilización de los recursos destinados a este fin.
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