Lo decidió la Cámara Civil y Comercial de Olavarría al confirmar un fallo de primera instancia y determinar que la mujer debe pagar indemnización por 200 mil pesos más intereses al hombre.
La Justicia ordenó a una mujer indemnizar a su ex pareja a quien ella le había dicho que era el padre de su bebé hasta que un estudio de histocompatibilidad descubrió su mentira.
Lo decidió la Cámara Civil y Comercial de Olavarría al confirmar un fallo de primera instancia y determinar que la mujer debe pagar indemnización por 200 mil pesos más intereses al hombre.
Ambos se conocieron en 2002 y tenían una relación sin compromiso porque ella, incluso, seguía viendo a su ex novio, con quien tenía relaciones sexuales de forma ocasional.
En noviembre de ese año, quedó embarazado, se lo hizo saber al joven, él asumió el compromiso y ambos se fueron a vivir juntos.
Pero, a poco de nacer el bebé, se separaron y ella dijo que fue porque descubrió que él le fue infiel con una compañera de trabajo de la estación de servicio donde trabajaba en la ciudad de Olavarría.
Cuando el bebé era ya un niño, el hombre empezó a tener dudas sobre su paternidad, inició una demanda de impugnación de filiación y por un estudio de ADN ordenado por la Justicia se descubrió que no era el papá del menor.
Ante esta situación, el hombre le inició una demanda por daño moral y que lesionó su honor porque dijo que la mujer le hizo perder su trabajo a lo largo de los años a raíz de los reclamos que le hacía de manera frecuente en su lugar laboral.
En tanto, reclamó una cifra de 4,6 millones de pesos más intereses, pero finalmente la Justicia le concedió una indemnización de 200 mil pesos por daño extrapatrimonial.
"Conforme todo lo expuesto, no caben dudas respecto de la conducta antijurídica llevada a cabo por la demandada, que conforme surge de su relato no hubo ninguna causal de excusación, que de ello puede interpretarse que el ocultamiento de la verdad ha sido doloso, que tal conducta conlleva un ataque a la buena fe y a la confianza incumpliendo el deber de no dañar de origen constitucional", dijo el Tribunal.
"Es así que, en orden a los conceptos antes expuestos y, teniendo en cuenta la índole del daño, la afección indudable a su honor y dignidad, la mentira en la que vivió hasta que se llevó a cabo la prueba de ADN, las implicancias emocionales que se infieren frente a tal engaño, estimo que la suma otorgada por la Sra. Jueza resulta atinada", refirió en cuanto a los 200 mil pesos.
Fuente: Telefe Noticias