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“Sin Covid en casa”: la campaña de limpieza y desinfección domestica propuesta por el concejal Nadir Yasuff.

Es de público conocimiento que la Pandemia ocasionada por el Covid-19 ha generado diversos inconvenientes en la economía familiar, la salud y en los hábitos familiares y domésticos de todos los ciudadanos, y nos ha obligado a extremar recaudos de higiene y asepsia, personal y de los elementos de nuestra vida cotidiana. 



Esta situación se ve agravada aún más en los sectores más desfavorecidos de nuestro Departamento, haciendo sumamente necesaria la asistencia social, en lo que respecta al suministro de insumos de higiene y desinfección. Por lo que el rol del Estado, y en este caso del Municipio, se vuelve central en dicho contexto, a fin de garantizar el acceso a productos e insumos de limpieza y desinfección que permitan sostener un correcto estándar de higiene domestico para todos los Sanrafaelinos y prevenir procesos de
transmisión comunitaria del virus COVID-19 en nuestro departamento.




“El proyecto propone formalizar institucionalmente esfuerzos que se vienen realizando desde distintas organizaciones y garantizar el suministro de dichos insumos de manera preventiva y mitigante de los efectos y de la transmisión del virus”, destaco el Concejal
Nadir Yasuff.

En este sentido, amplió el autor, “La situación de Emergencia Sanitaria dispuesta en nuestro Departamento, y mientras ella dure nos permite elaborar ésta herramienta para que a través de las Delegaciones Barriales y Distritales se garantice el acceso a los
productos de desinfección de manera regular y universal a todos los vecinos que lo requieran, de acuerdo a los términos de la Campaña”.
A continuación, se transcribe el proyecto presentado:

FUNDAMENTOS

VISTO:

El Decreto de Necesidad y Urgencia sobre “Emergencia Sanitaria, dictado por el Poder EjecutivoNacional (DECNU-220-260-APN-PTE) y la Resolución Municipal N°241/2020


CONSIDERANDO:

Que, la situación de emergencia global desencadenada a raíz de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud, como resultado de la propagación desmedida del nuevo coronavirus COVID – 19 se ha extendido en el tiempo.

Que, se han visto colapsados los sistemas sanitarios en el mundo entero, y que todas las medidas preventivas adoptadas pueden potencialmente resultar insuficientes.

Que, dadas las recomendaciones impartidas desde el Ministerio de Salud de la Nación, resulta imperioso tomar todos los recaudos que sean necesarios para afrontar sus consecuencias.

Que, es preciso adoptar medidas específicas en torno a la desinfección de los espacios públicos y privados con acceso público, como así también garantizar el acceso de dichos recursos necesarios para la autoprotección a toda la población, con el fin de evitar nuevos contagios.

Que, la transmisión del COVID-19 se produce a través de gotitas respiratorias producidas al toser, estornudar o hablar y a través del contacto con superficies contaminadas con estas gotas.

Que, es pertinente alentar, implementar, supervisar y garantizar, desde el Municipio las recomendaciones esbozadas por el Ministerio de Salud de la Nación Argentina, las cuales están
orientadas a la utilización de productos de limpieza y sus diluciones tales como: hipoclorito de sodio, alcoholes y amonio cuaternario. Siendo importante resaltar que el incumplimiento de las medidas de prevención tiene una gran capacidad de amplificar la cadena de transmisión.

Que, este proyecto apunta tanto a que se cumplan dichas medidas en los espacios públicos y privados de gran concurrencia, como en los hogares particulares. Haciendo especial énfasis en aquellos de escasos recursos, tanto de Ciudad, como Distritos de nuestro Departamento.

Que, es de público conocimiento que la Pandemia ocasionada por el Covid-19 ha generado diversos inconvenientes en la economía familiar, sobre todo en las que pertenecen a los sectores más desfavorecidos. Por lo que el rol del Estado, y en este caso el del Municipio, se vuelve central en dicho contexto. Haciendo sumamente necesaria la asistencia social, en lo que respecta al suministro de insumos de higiene y desinfección.

Que, la red de agua potable no llega a abastecer a la totalidad de las viviendas de nuestra ciudad y distritos, siendo la cloración del agua es un método eficaz utilizado y recomendado para la desinfección y potabilización del agua.



Es por todo ello, que solicitamos a vuestra Honorabilidad tenga a bien aprobar favorablemente el siguiente proyecto de Ordenanza:

ORDENANZA Nº…

ARTICULO Nº 1: CREAR la Campaña Municipal “SIN COVID EN CASA”, en la cual el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Desarrollo Social, Dirección de Distritos, y/o Dirección de Barriales suministrara los elementos e insumos indispensables para la desinfección hogareña en las viviendas de nuestra localidad que se encuentren en estado de vulnerabilidad.

ARTICULO Nº 2: SERÁN Objetivos de esta Campaña:

a.- Garantizar el acceso a productos e insumos de limpieza y desinfección que permitan sostener un correcto estándar de higiene domestico para todos los Sanrafaelinos.

b.- Prevenir procesos de transmisión comunitaria del virus COVID-19 en nuestro departamento.

ARTICULO Nº 3: A LOS FINES de la presente Ordenanza entiéndase PRODUCTOS E INSUMOS DE DESINFECCIÓN a: Alcohol, alcohol en gel, lavandina (70%) y/o hipoclorito de sodio (Cloro) indistintamente, de acuerdo a la disponibilidad del DEM, a través de las Direcciones ejecutantes.

ARTICULO Nº 4: SERAN sujetos de la Campaña “SIN COVID EN CASA” todos los habitantes de nuestro Departamento sin distinción de nacionalidad, sexo, idioma, religión, u otra condición que presente una situación de vulnerabilidad que amerite ser asistido.

ARTICULO Nº 5: LA CAMPAÑA Municipal “SIN COVID EN CASA” será complementada con folletería que contenga recomendaciones sobre un correcto uso de los elementos de limpieza y desinfección, también deberá contener información científica y veraz aprobada por el Ministerio de Salud de La Nación sobre métodos de prevención de transmisión y contagio del virus COVID-19.

ARTICULO 6 - DURACIÓN: La Campaña “SIN COVID EN CASA” tendrá vigencia mientras dure la declaración de emergencia internacional dispuesta por la Organización Mundial de la Salud y se mantenga el estado de alerta y emergencia sanitaria en todo el territorio nacional.

ARTICULO Nº 7: TODA persona que haya sido sujeto de esta Campaña deberá asentarse en el SISTEMA DE ALTA A PROGRAMAS SOCIALES (A.PRO.S.) cumpliendo todos los requisitos que el mismo prevé.

ARTICULO Nº 8: LOS GASTOS que representen serán a cargo del presupuesto vigente en el marco de la Emergencia Sanitaria consagrada en la Resolución Municipal N°241/2020.

ARTICULO Nº 9: DE FORMA





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